El pasado 13 de julio se celebró reunión la Comisión de Convenio. Os ofrecemos a continuación la información detallada sobre dicha reunión, con las aportaciones y la posición de CCOO sobre los interesantes temas del Orden del día:
INFORMACIÓN COMISIÓN DE CONVENIO
Celebrada el 13 de julio de 2017
1. Constitución de la Comisión de Convenio en función de los últimos resultados electorales.
Se constituye la Comisión con arreglo a los siguientes datos:
De los componentes de la Comisión, el porcentaje es el siguiente: UGT 32.30%, CCOO 30.43%, CSIF 23.06% y USTEA 14.21%.
Los 10 miembros de la parte social de la Comisión se distribuyen del siguiente modo: UGT 3. CCOO 3. CSIF 2. USTEA 2. Esta composición se mantendrá hasta las próximas elecciones sindicales.
2. Aprobación del acta correspondiente a la reunión celebrada el día 9 de mayo de 2017.
Se aprueba con modificaciones.
3. Modelo de convocatorias de acceso a la condición de personal laboral fijo en los Grupos III, IV y V.
Algunas modificaciones:
– El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales (antes eran hábiles).
– CCOO se opone a la redacción propuesta por la Administración en cuanto a la participación sindical: La Administración comunicará a las organizaciones sindicales que formen parte de la comisión del Convenio Colectivo del Personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía la fecha de constitución de la Comisión de Selección para su conocimiento y proporcionará información de la publicación de los listados provisionales y definitivos. CCOO propone que los sindicatos estén presentes en las comisiones, con voz y sin voto. Función Pública se compromete a dar una nueva redacción de manera que haya una mayor información a los sindicatos.
– Acreditación experiencia: …deberá aportarse vida laboral y Convenio Colectivo donde se recojan las funciones desarrolladas en la categoría profesional, así como copia, en su caso, se los contratos que justifiquen dicha experiencia. (CCOO considera que es complicado comprobar una serie de cuestiones por parte de la administración, por ejemplo saber si era el convenio vigente en el momento del contrato).
– En caso de inexistencia de contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por nóminas o documentos expedidos por el Servicio Andaluz de Empleo, que acrediten la duración del contrato y la categoría profesional que se ostenta.
– Acreditación titulaciones académicas: Fotocopia del título alegado o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo o certificado emitido por la Delegación Territorial de Educación, o Universidad en el que se acredite que está en posesión del Título.
– PUNTUACIÓN:
Tabla elaborada por CCOO:
Máximo total: 99 puntos.
Experiencia Profesional
Máximo de 54 puntos:
a) Experiencia profesional que se haya adquirido en la misma categoría a que se opta en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía, 0,016 puntos por día.
b) Experiencia profesional en puestos cuyos contenidos funcionales sean homólogos a los encomendados a la categoría a que se aspira, en el ámbito de las Administraciones Públicas o empresas públicas o privadas, 0,0073 puntos por día.
Función Pública alega que la puntuación por días facilita la baremación.
Antigüedad:
Antigüedad en las Administraciones Públicas: un máximo de 15 puntos, a razón de 0,003 puntos por día.
Cursos:
Se incluyen cursos de los CEP a petición de CCOO. CSIF y UGT no están de acuerdo. Se estudiará incluir la formación impartida por Consejerías, no homologada por el IAAP.
La valoración a otorgar, será la siguiente:
– 0,01 por hora sin pruebas de aptitud
– 0,0125 por hora con pruebas de aptitud
En el grupo V, podrían valer todos los cursos (quitar “relacionados con la categoría”).
Certificado médico: Se suprime el término “certificado médico oficial” a petición de CCOO, ya que la obtención de un modelo determinado causo problemas en otros procesos.
Comparecencia a Sevilla. Se le da otra redacción pero no se suprime claramente, tal como habíamos propuesto, para evitar costes y molestias al personal al tener que desplazarse a Sevilla. Función Pública dice que su Dirección General es la responsable de comprobar los requisitos.
Plazas promoción. CCOO insiste en que se incluyan las plazas no cubiertas en formación.
La administración dará un último repaso a las alegaciones sindicales.
Se ha anunciado que se podría recurrir por parte de la administración del estado las ofertas de empleo público de más de tres años desde su convocatoria, al considerar que incumple el EBEP. Para dar seguridad jurídica se propone la “desacumulación” de la OEP 2009. La mayoría de la parte social está de acuerdo. Podría convocarse a primeros de septiembre la de 2016. Por otro lado iría la 2009.
4. Convocatoria de acceso a la condición de personal laboral fijo en el cupo de reserva para personas con discapacidad intelectual en las categorías de Personal de Limpieza y Alojamiento y de Personal de Servicios Generales, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2016.
Se convoca concurso libre para el acceso a la condición de personal laboral de carácter fijo en las categorías profesionales Personal de Limpieza y Alojamiento (5010) y Personal de Servicios Generales (5045), para la cobertura de plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual, que tengan reconocido un grado igual o superior al 33%. El número total de plazas convocadas por cada categoría profesional es:
– Personal de Limpieza y Alojamiento (5010): 15.
– Personal de Servicios Generales (5045): 16.
Se introducen modificaciones en cuanto a puntuación, acreditación de méritos, etc. similares a los del apartado anterior. Sin embargo el plazo de solicitud será de 30 días hábiles.
5. Instrucción en materia de jornada laboral, vacaciones y permisos.
No hemos recibido documentación. No se ha cerrado todavía por parte de Función Pública. Lo enviará a los sindicatos en esta semana o la próxima. Se incluirá la reivindicación que hicimos CCOO y otros sindicatos de recuperación de lo contemplado en convenio sobre guarda legal.
6. Acuerdo sobre criterios aplicables a solicitudes de jubilación parcial.
Gracias a la presión realizada por CCOO y otros sindicatos, finalmente la administración admitió en una reunión técnica la posibilidad de modificar el informe vigente, que hacía cada vez más difícil acogerse a este tipo de jubilación.
El texto propuesto es el siguiente:
Primera. En relación con el puesto de trabajo ocupado por el jubilado parcial:
– El personal que se encuentre adscrito provisionalmente a otro puesto de trabajo en virtud de movilidad por razones objetivas habrá de reincorporarse al puesto del que sea titular antes de su jubilación parcial.
– El personal que desempeñe un puesto provisional por carecer de puesto definitivo no podrá jubilarse parcialmente hasta que no le sea adjudicado un puesto definitivo por los procedimientos previstos en el VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
– El personal que ocupe puestos de trabajo de naturaleza directiva (modo de acceso SNL) deberá cesar con carácter previo en dichos puestos para acceder a la jubilación parcial.
El contrato de relevo se concertará para cubrir el mismo puesto de trabajo que desempeña el trabajador jubilado parcial, con las siguientes excepciones:
– Que la persona solicitante ocupe puesto de trabajo de adscripción funcionarial.
(Anteriormente no se podían realizar contrato de relevo en puestos “funcionarizables”, es decir, de las categorías que podrían verse afectadas por la funcionarización prevista en la DT 2ª EBEP, aunque fuesen de adscripción laboral. Con esta modificación los únicos puestos afectados son los que tienen adscripción “F” en la RPT).
– Que la persona solicitante ocupe un puesto de trabajo singularizado. (Se quita por petición unánime).
En tal caso, resultará posible la formalización del contrato de relevo en otro puesto de trabajo de adscripción laboral, que se encuentre dentro del ámbito orgánico de la Consejería o Agencia administrativa de la que depende el trabajador jubilado parcial.
CCOO propone que la sustitución también pueda realizarse en otra Consejería, si no es posible hacerlo dentro de la misma, siempre dentro del ámbito con el mismo CIF tal como exige la Seguridad Social.
No se acepta.
CCOO propone que se aclare que el contrato se podrá formalizar en un puesto de otra categoría.
Segunda. Duración del contrato de trabajo parcial del jubilado parcial:
Se deberá pactar con el trabajador jubilado parcial una duración del contrato de trabajo parcial no más allá de la fecha del cumplimiento de la edad establecida en el artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con la Disposición Transitoria Séptima del mismo texto legal.
Tercero. Equilibrio económico:
Solo se admitirán los incrementos de coste económico que se producirán como consecuencia del aumento paulatino de cotizaciones que corresponden por el jubilado parcial y, en su caso, las indemnizaciones legalmente previstas por extinción del contrato de relevo; todo ello, dentro de los límites de los créditos presupuestarios destinados al efecto.
CCOO propone que se incluya la posibilidad de acumular en años completos la parte que corresponde trabajar a la persona relevada, de modo que también pueda acumular el descanso por años completos. Función Pública dice que no lo quiere poner en la instrucción pero se estudiará la aplicación.
LAS PERSONAS A LAS QUE SE LES HA DENEGADO DEBEN VOLVER A SOLICITAR.
Se aprueba por unanimidad.
⇒ Preguntas y respuestas sobre la nueva regulación de la jubilación parcial del personal laboral
7. Interpretación del apartado séptimo.1 del Reglamento regulador de la Bolsa de Trabajo.
Mediante Acuerdo de 26 de noviembre de 2014 se modificó el último párrafo del apartado séptimo.1 del Reglamento de Regulación de la Bolsa de Trabajo, quedando redactado de la siguiente forma:
“Primero. En el caso de que el puesto de trabajo a cubrir sea de fijo-discontinuo, o con jornada parcial, el seleccionado de bolsa para dicho puesto podrá ser llamado por el Servicio de Administración Pública competente para la cobertura de la siguiente vacante que surja en la categoría profesional de que se trate, pese a estar trabajando en dicho momento, dadas las especiales características del puesto de trabajo. Si renunciase a dicha oferta, no volverá a ser llamado para las siguientes vacantes que pudieran surgir, hasta que se produzca el cese por finalización del contrato en el puesto de trabajo de fijo discontinuo o con jornada parcial, momento en el cual volverá a estar disponible en bolsa, en el lugar que corresponda”.
Suscitadas dudas en la aplicación del citado texto, se precisa que el llamamiento de los trabajadores que ocupan puestos de carácter fijo-discontinuo o con jornada a tiempo parcial para la provisión de un puesto con jornada a tiempo completo, vendrá determinado por lo establecido en el Reglamento para las Bolsas de Trabajo.
Propone Función Pública que se añada: Se atenderá al orden que el trabajador o trabajadora ocupe en la bolsa.
En lugar de interpretación, se adopta en forma de “Acuerdo” (no interpretación). Se incluirá una disposición en el reglamento de bolsa.
Se aprueba por unanimidad.
8. Calendario de reuniones para la elaboración del Reglamento regulador de la nueva Bolsa de Trabajo Única.
CCOO ha presentado una propuesta a la administración de bolsa abierta, permanente y única para sustituciones y vacantes. Esta bolsa tendría un cupo para promoción temporal. Se quiere hacer una reunión para planificar la negociación en este mes.
9. Propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (Expte. 143/16).
La modificación de RPT propuesta incluye las siguientes modificaciones:
– Adscripciones de puestos a los órganos directivos centrales de la Consejería establecidos en su nueva estructura orgánica.
– Identificación de las unidades de gestión de fondos europeos.
– Supresión de los centros de destino denominados “Cámaras Agrarias” y modificación de la denominación de puestos que incluyen “gestión cámaras agrarias”.
– Supresión de los centros de destino denominados “Cofradías de Pescadores”.
-Supresión de los centros de destino denominados “Centro Selección Ovino” y “Laboratorio Análisis Semilla y Plantas Viveros”.
– Modificación de la localidad de puestos de Delegaciones Territoriales y OCAs ocupados y donde no existe centro de trabajo.
– Conversión de puestos “virtuales” y otros ajustes organizativos.
La modificación que propone la Consejería supone una disminución puestos de trabajo, motivada por la supresión de puestos “a extinguir”, así como la supresión de algunos puestos que, según la administración, no se pueden transformar por no haber puesto-tipo homólogo.
CCOO, aun entendiendo que en algunos casos estamos hablando de centros obsoletos, estamos en contra de la disminución de empleo y planteamos que hay que reconvertir los puestos. También se oponen CSIF y USTEA. UGT está de acuerdo.
10. Propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a la Consejería de Educación (Expte. 229/16)
La propuesta de la Administración contiene:
– El cambio de la denominación de los puestos de la categoría Educador/a. Este cambio solo afecta a la denominación y no a las funciones. CCOO defiende su propuesta en cuanto a la denominación, que la propia Consejería reconoce más adaptado a la Ley de Educación de Andalucía. Se quedó en Subcomisión que se consultaría con la Consejería de Igualdad. Finalmente la denominación seguirá siendo Educador/Educadora, por consenso de CCOO, UGT y CSIF. Se replanteará en el VII Convenio.
– La creación de 1 puesto de Conductor (se transforma una plaza funcionarial).
– La supresión de 26 puestos de diversas categorías (3 dotadas y 23 desdotadas), con un coste total aproximado en RPT de 713.543 €.
CCOO planteó en subcomisión que la creación de un sólo puesto no justifica el volumen de la supresión (ni siquiera de los puestos dotados), por lo que da la impresión que con el dinero destinado a puestos L se está financiando la modificación de puestos F, que a la vez se realiza; Por tanto, podríamos hablar de un trasvase de dinero (masa salarial) de laborales a funcionarios. Por lo que se exigió en Subcomisión de Valoración y Definición de Puestos de Trabajo una explicación coherente al respecto.
La Administración respondió que se debe a que está prevista la creación de nuevos puestos de trabajo (14 de Ordenanzas y 43 de Monitoras/es Escolares fundamentalmente) que además van a suponer un incremento real presupuestario en la plantilla, pero que por determinadas cuestiones ha tenido que desgajarse en dos, de la cual esta es la primera parte. CCOO urgió a que antes de que finalice el mes se traiga a la negociación con el fin de que pueda ponerse en marcha con el inicio de curso 2017/2018 y se palíen las deficiencias de este sector prioritario como es el de la Educación.
CCOO insiste también en abordar lo antes posible un estudio completo y modificación de la RPT de Educación.
CCOO propone que en la próxima propuesta de RPT donde se crearán nuevos puestos, se incluya además la supresión de la condición de fijo-discontinuo de puestos ocupados por Monitores Escolares, ya que no tiene ninguna justificación organizativa para que se mantenga tal condición en dichos puestos.
CCOO da su apoyo a la propuesta. También UGT y CSIF.
11. Propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a la Consejería de Fomento y Vivienda (Expte. 46/17)
La Consejería propone una modificación de la RPT de personal de carreteras de Almería, asignado al personal a su ”localización real”, adscribiendo en los parques de Huércal-Overa y Almería.
CCOO plantea que se trata de una anomalía que ocurre en carreteras en todas las provincias, no solo en Almería. En la reunión de Subcomisión de Fomento se planteó el tema. En Subcomisión de valoración y definición de puestos de trabajo propusimos algunas modificaciones de adscripciones que estimábamos que no eran correctas. No se acepta por parte de la Consejería.
Queda pendiente su aprobación, tras la oposición de CCOO y UGT.
12. Propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente a la Consejería de Salud (Centro de Protección de Menores “Piedras Redondas”, de Almería; Expte.79/17)
Se propone quitar la consideración de “a extinguir” de puestos de Educadores/as Sociales del centro Piedras Redondas, para mantener el número de 18 puestos.
CCOO se remite a lo expresado en Subcomisión y muestra su rechazo a que no se cubran, se pongan a extinguir o que se desdote este tipo de puestos, que son absolutamente imprescindibles en centros de menores.
CCOO propuso en Subcomisión la creación en Piedras Redondas de una plaza de Encargado de Almacén, para hacer, recibir y distribuir ropa, calzado, productos de higiene y otro material. Estas funciones no corresponden a Educadores/as Sociales y recaen actualmente en el Administrador, que además ser un puesto en el que se acumulan demasiadas funciones, pensamos que corresponde a Encargado de Almacén. La Consejería dice que no considera necesario este puesto pero lo estudiará.
Tampoco existe en este centro, a diferencia de otros, ningún puesto de Personal Técnico de Servicio en Centros (antiguas Gobernantas) por lo que proponemos su creación. La Consejería dice que lo estudiará en una próxima modificación.
13. Conflicto colectivo presentado por el Comité de Empresa de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Huelva en relación con la compensación por descansos de días trabajados en domingos y festivos.
Decae al haber llegado a acuerdo.
14. Conflicto colectivo presentado por el Comité de Empresa de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla en relación con la compensación del solapamiento de los turnos entrantes y salientes en las Residencias para Mayores de la provincia.
Este punto decae al haberse realizado la comparecencia en el SERCLA.
15. Otros asuntos.
Conductores de alto cargo. Hay un rumor de que se les quiere hacer reconocimiento médico obligatorio. Función Pública dice que no tiene conocimiento. La representación Consejería de Fomento dice que solo se ha tratado de una consulta.
Agresiones centros de menores. Volvemos a exigir una Subcomisión de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales para tratar este tema. Función Pública dice que está realizando gestiones para que se realice esta reunión.
Bolsa complementaria en Jaén. Parece que hay irregularidades al incluir personas que no les corresponde estar. Según Función Pública se trata de personal MEMTA y Promotores. Según CCOO, estamos hablando de personas que están trabajando.
Fijos discontinuos en Tiempo Libre. Se protesta por parte de varios sindicatos que se contrate personal fijo discontinuo en plazas que están en RPT como fijo (“no discontinuo”). La administración dice que el carácter de las plazas de que estamos hablando debe ser de fijo discontinuo, puesto que se cierran las residencias durante un periodo. La Directora General de Función Pública dice que si se mantiene la petición sindical las contrataciones se harán mediante plan de choque mientras se modifica la RPT y se transforman puestos en discontinuos.
Solapamiento de turnos. Según la representante de la Consejería de Igualdad y BS es una cuestión que corresponde al centro directivo. Se verá en la próxima Comisión, ya que hay un conflicto colectivo.