El BOJA de hoy publica las modificaciones del Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía que afectan a los artículos 18 y 24, según el Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio del pasado 22/05/2017. Además, se añade nueva disposición transitoria.
La modificación del artículo 18 se refiere a la Bolsa Única de sustituciones, en tanto que la que afecta al artículo 24 da una nueva redacción al sistema de permutas.
Estas son las dos resoluciones de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral:
- Resolución de 14 de julio de 2017, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se registra y publica Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 22 de mayo de 2017, por el que se modifica el artículo 18 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía y se añade una nueva disposición transitoria.
- Resolución de 14 de julio de 2017, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral, por la que se registra y publica Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 22 de mayo de 2017, por el que se modifica el artículo 24 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.