En el mes de diciembre solemos disfrutar de algunos días de permiso, ya sea de vacaciones pendientes o de asuntos particulares. En esta ocasión te ofrecemos una calculadora que nos permite determinar con facilidad cuántos días de vacaciones y de asuntos particulares nos corresponden este año, en función de nuestra fecha de antigüedad en la Administración. ¡Pruébala!

Adjuntamos además dos cuadros en los que explicamos la regulación normativa de cada tipo de permiso.

Para usar la calculadora solo hay que introducir la fecha de antigüedad en la Administración en la celda de color amarillo:

*El cálculo no tiene en cuenta las posibles festividades que caigan en sábado (hasta 2 días más) ni si el 24 y el 31/12 caen este año en festivo, sábado o no laborable (dos días más)

Concepto

Número de días de permiso

Norma/s reguladora/s

VACACIONES

DÍAS ADICIONALES

POR ANTIGÜEDAD

22 días anuales por año completo de trabajo, o parte proporcional redondeando al alza las fracciones de ½ día. Se disfrutarán hasta el 15 de enero del año siguiente, concentrando al menos la mitad entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. Podrá fraccionarse su disfrute por días

15 años de servicio: 23 días hábiles

20 años de servicio: 24 días hábiles

25 años de servicio: 25 días hábiles

30 o más años de servicio: 26 días hábiles

Art. 50 EBEP, modificado por art. 8 RDL 20/2012.

DT 1ª RDL 20/2012, Art. 27 Ley 3/2012

Instrucción 4/2012, apartado 8

Cláusula 8ª, Acuerdo Mesa General 3 de junio de 2013. BOJA 142, de 22 de julio de 2013

BOJA 120, 24 de junio de 2016, por Acuerdo Mesa General de 2 de junio de 2016

Concepto

Número de días de permiso

Norma/s reguladora/s

ASUNTOS PARTICULARES

1) 6 días al año, según EBEP

2) Por fiestas nacionales, de comunidad autónoma o local que caigan en sábado: se añaden 2 días máximo (*)

3) 2 días adicionales al cumplir el 6º trienio y 1 día adicional por cada trienio a partir del octavo (sin límite)

4) 2 días cuando el 24 y 31 de diciembre caigan en festivo, sábado o día no laborable (*)

1) Según art. 48.k del EBEP

2) Base séptima. Acuerdo 3 de junio de 2013. BOJA 142, 22 de julio de 2013

3) Ap. 1º Acuerdo Mesa General 3 de febrero de 2016, sobre días adicionales por asuntos particulares (BOJA 11/03/16)

4) Acuerdo de 21 de diciembre de 2005, de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral, que modifica el artículo 36.5.1 (BOJA 31 enero 2006)

Fuente: Sector Autonómica FSC-CCOO Andalucía y elaboración propia

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