El pasado 1 de diciembre CCOO registró un escrito en el que hacíamos varias consultas a la Directora Gral. de Recursos Humanos y Función Pública acerca de las autorizaciones que, emitidas por el correspondiente centro directivo de origen, se exigen a las personas que participan en la selección de la cobertura provisional de plazas mediante el Art. 30 de la Ley 6/1985, de 28 noviembre.

Escrito CCOO Art. 30 01122017

Entiende CCOO que se está produciendo disparidad de criterios en cuanto a la necesidad o no de dichas autorizaciones, y demandamos a la Administración que se unifiquen y clarifiquen dichos criterios, exponiendo varias situaciones en las que CCOO defiende que no sea necesaria la autorización del centro directivo de origen, facilitándose por tanto la movilidad del personal funcionario.

El pasado 19 de enero hemos recibido escrito de respuesta por parte de la Directora General de Recursos Humanos y Función Pública. En dicho escrito la Administración elude pronunciarse sobre las situaciones expuestas por CCOO, indicando que la Instrucción 1/2009, de 23 de febrero, que regula el procedimiento en cuestión, está siendo objeto de negociación para su modificación en el seno de la Mesa Sectorial, sin que hasta el momento haya habido acuerdo sobre el texto definitivo, continuando vigente, por tanto, la redacción original.

Resp DGFP escrito CCOO Art. 30 19012018

 

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