El BOJA del pasado día 8 de noviembre publica el Decreto 204/2018, de 6 de noviembre, por el que se dictan normas para facilitar la participación de las personas trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus Agencias en las elecciones de diputados y diputadas al Parlamento de Andalucía, que habrán de celebrarse el próximo día 2 de diciembre de 2018.
Aquí tienes los permisos a los que tienes derecho para facilitar tu participación en este proceso electoral, según seas
- 🗳 elector/a
- 🗳 presidente/a de mesa electoral
- 🗳 vocal de mesa electoral
- 🗳 interventor/a
- 🗳 apoderado/a
- 🗳 candidato/a
Si trabajas el día de la votación: |
*Coincidencia > 6 horas |
*Coincidencia >4<6 horas |
*Coincidencia >2<4 horas |
*Coincidencia <2 horas |
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Elector/a |
4 horas |
3 horas |
2 horas |
0 horas |
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* Coincidencia de la jornada de trabajo con el horario del colegio electoral | ||||||||
* El horario de apertura de los colegios electorales es de 8:00 h a 20:00 h | ||||||||
* Voto por correo: las coincidencias horarias se entienden referidas al horario de la oficina de Correos | ||||||||
Si trabajas el día de votación |
Si trabajas noche anterior |
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Día de votación |
Día siguiente |
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Presidente/a de mesa |
Permiso jornada completa |
Derecho a cambio de turno |
5 horas |
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Vocal |
Permiso jornada completa |
Derecho a cambio de turno |
5 horas |
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Interventor/a |
Permiso jornada completa |
Derecho a cambio de turno |
5 horas |
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Apoderado/a |
Permiso jornada completa |
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Candidato/a | Dispensa completa durante la duración de la campaña electoral (previa solicitud) |
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