
[♻Actualización 14/10/2019] Consideraciones de CCOO sobre la Comisión de Convenio extraordinaria del 09/10/2019: criterios de la Administración en la oferta de vacantes en Acceso a Fijo Grupo III:
«Algunos sindicatos han emitido unas sorprendentes notas informativas respecto a esta reunión celebrada el 9 de octubre, donde se ponen de parte de la administración y en contra de CCOO. Nuestro sindicato ha defendido la adopción de medidas encaminadas a que sean mínimos los desplazamientos de personal que accede a fijo y que sean cesados los menos temporales posibles. Ante estas “desinformaciones” hemos considerado conveniente aclarar algunos temas.
Estos sindicatos han tenido que hacer un tremendo acto de fe para tragarse los pobres argumentos de la administración para justificar que en el presente acceso no se oferten las plazas que han venido ocupando las personas que acceden. Recordemos que, al ser el procedimiento de acceso el concurso, las personas que acceden por lo general son las más antiguas, por lo que las plazas que ocupan actualmente son “de estabilización”. Sin embargo según la administración y algunos sindicatos no es posible ofertarles estos puestos, que habrá que bloquear para procesos posteriores y, por tanto, ofertar a personas con menor antigüedad y experiencia. El número de desplazamiento ha sido EXCEPCIONALMENTE ALTO en el grupo III y será mayor en los grupos IV y V, con el agravante de que tienen un salario menor lo que provocará más renuncias puesto que con su sueldo se hace imposible en la mayoría de los casos soportar los gastos del desplazamiento.
¿Por qué en este proceso hay más personas desplazadas y más renuncias que en anteriores procesos?
Porque la administración ha roto con los criterios consensuados de desplazar lo menos posible al nuevo personal fijo y cesar a los menos temporales posibles.
¿Por qué ha cambiado de criterio la administración?
Porque afirma que tiene comprometidos los puestos de estabilización y no los puede ofertar en acceso ordinario, por lo que se “apalanca”, y bloquea unas tres mil plazas (algunas desde 2017, incluidas las que han ocupado los nuevos fijos durante muchos años con carácter temporal).
¿Con qué argumentos sostiene la administración que los puestos están bloqueados y no se pueden sacar en este acceso, que han convencido a algunos sindicatos de la Comisión?
Son dos argumentos:
- ARGUMENTO 1. Su criterio actual se deriva de los acuerdos de mesa general y se contempla en los criterios comunes para la aplicación de proceso de estabilización derivado de la ley de presupuestos de 2017.
FALSO.
• Nada de lo que afirma la administración figura en ninguno de los acuerdos de Mesa General.
• Los criterios a que se refiere fueron fijados por la Administración y no se han acordado con las centrales sindicales firmantes.
• El documento que a que se refiere función pública es relativo al primer acuerdo estatal. Después de ese acuerdo se firmó el segundo estatal y posteriormente el acuerdo de Mesa General de Andalucía.
• Lo que es más importante: EL DOCUMENTO NO DICE LO QUE LA ADMINISTRACIÓN DICE QUE DICE, SI NO TODO LO CONTRARIO. Mientras que Función Pública viene a decir en la reunión que saca las plazas que le da la gana, que para eso es competencia suya, el documento dice lo siguiente (literal) respecto a la oferta de plazas: “Se considera en todo caso que este criterio debe fundamentarse en parámetros objetivos, y que debe ser objeto de negociación colectiva”. Justo lo contrario de lo que ha hecho la administración.
• La administración dice que no se pueden ofertar plazas de estabilización en procesos ordinarios. Pero lo que dice el documento es lo siguiente (también literal): La oferta de empleo público en la que se autorice la convocatoria de estos procesos de estabilización podrá determinar que las plazas correspondientes a los mismos se acumulen a los procesos selectivos ordinarios de reposición de personal de los mismos cuerpos o categorías profesionales, pudiendo por ello existir por tanto una misma convocatoria con unos mismos ejercicios y méritos a valorar, o por el contrario que la plazas del proceso de estabilización y las de reposición de efectivos se articulen de forma separada o independiente, con diferentes sistemas de valoración, si bien en ambos casos deben ser procesos de libre concurrencia.
- ARGUMENTO 2. Hay que atender a una queja del Defensor del Pueblo Andaluz por lo que no se puede ofertar plazas de estabilización.
FALSO.
• Hay montones de quejas del Defensor del Pueblo a las que la administración hace oídos sordos.
• La queja es referida a personal funcionario interino y no a personal laboral.
• Se refiere a no ofertar las plazas en promoción, NO EN ACCESO.
LA ADMINISTRACIÓN NO APORTÓ NINGÚN OTRO ARGUMENTO.
CCOO propuso en la reunión, para solucionar el gran número de personas desplazadas de su localidad, que se estudiara la posibilidad de ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL para las personas desplazadas que lo soliciten, a la plaza que venía ocupando provisionalmente en caso de que siga vacante, estando obligados a participar en un próximo concurso de traslados. Pero estamos dispuestos a estudiar o apoyar otras propuestas alternativas que solucionen este problema y que, al menos de momento, no han hecho ni las otras centrales ni la administración. Nos alegramos que un sindicato se intente apropiar de nuestra propuesta de adscripción provisional, ya que esto implica que también están de acuerdo, con lo que sumamos mayoría de la parte social.
Nos tememos que lo que pretende esta administración es aprovechar los procesos para echar el mayor número de temporales posible, dejar muchas de estas plazas sin cubrir y “adelgazar” algo más la administración pública. Mientras siga en esa línea va a tener enfrente en CCOO. Seguiremos en nuestra línea de intentar la unidad con el resto de centrales sindicales, a pesar de que algunas actitudes la dificultan.
CCOO no quiere que el personal que ha superado el acceso a fijo sea castigado y desplazado de su localidad al no ofrecerle su plaza y vea como la plaza que ocupa se oferta en la siguiente convocatoria a alguien con menor antigüedad o formación. Tampoco estamos dispuestos a que sean cesados temporales de manera arbitraria.
Vamos a volver a solicitar, una vez más, la reunión de Comisión de Convenio para debatir las propuestas de actuación que mejor solucionen el problema y vamos a pelear por una unidad sindical que nunca se debió haber abandonado.«
Por iniciativa de CCOO, hoy se ha celebrado reunión extraordinaria de la Comisión del VI Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Web Sector Autonómica FSC CCOO Andalucía

La convocatoria incluía tan solo un asunto a tratar en el Orden del día:
Por orden de la Presidencia y por iniciativa de las Organizaciones Sindicales Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores, en virtud de lo dispuesto en el apartado 2.3.2 del artículo 3 del Reglamento de Régimen Interno de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 51, de 17 de marzo de 2003), se le convoca a la reunión de carácter extraordinario de la Comisión del VI Convenio Colectivo, que tendrá lugar el próximo 9 de octubre de 2019, a las 10’30 horas en primera convocatoria y a las 11’00 horas en segunda convocatoria, en la sede de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, sita en C/ Alberto Lista nº 16, en la Sala de Juntas de la planta baja, con el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
Punto único: Oferta de vacantes en el acceso a la condición de personal laboral fijo.
Se ruega confirmación de asistencia.
LA SECRETARÍA DE LA COMISIÓN DEL VI CONVENIO

📢 A continuación te ofrecemos en detalle la información sobre la reunión, incluyendo la posición y las aportaciones de CCOO:


