Calcula con facilidad mediante esta herramienta cuántos días de permiso te corresponden este año en total, teniendo en cuenta que en 2022 el 1 de enero, y el 24 y 31 de diciembre caen en sábado.

👉🏼 ASUNTOS PARTICULARES 2022

6 días de asuntos particulares, según el art. 48.k) del TREBEP.

1 día más de permiso. Según la Base séptima del Acuerdo de Mesa General publicado en BOJA 142, de 22 de julio de 2013: «cuando en un año natural alguna o algunas de las festividades laborales de ámbito nacional no sustituible por las Comunidades Autónomas, propia de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de carácter local, retribuida y no recuperable, coincida en sábado, se añadirán, como máximo, dos días de permiso en ese año, que podrán acumularse a las vacaciones anuales y a los días por asuntos particulares.»

En 2022 el 1 de enero (Año Nuevo) cae en sábado. Se trata de una festividad “no sustituible”, con carácter retribuido y no recuperable. Por tanto, ese día da derecho al correspondiente permiso de un día de asuntos particulares por coincidir en sábado el festivo.

2 días más de permiso, por coincidir 24 y 31 de diciembre en sábado, según el Acuerdo de 21 de diciembre de 2005, de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral, que modifica el artículo 36.5.1 (BOJA 31 enero 2006), y la Orden de 13 de diciembre de 2005 para personal funcionario e interino.

En 2022 los días 24 y 31 de diciembre caen en sábado.

📆 En el BOJA nº 243, de 21/12/2021, se publicó la relación de festividades locales en Andalucía para 2022. Aquí puedes consultar los festivos nacionales y autonómicos del calendario del año 2022:

Por otra parte, si se trabaja el 24 y/o 31 de diciembre (que en 2022 caen en sábado) se tiene derecho a una compensación de dos días de descanso por cada uno de ellos, según el apartado 5 de la Instrucción 3/2019 sobre jornada, vacaciones y permisos.

👉🏼 El personal con jornada a turnos debe tener estos días incluidos en sus calendarios anuales.

Días adicionales de asuntos particulares (Acuerdo del Consejo de Gobierno, 8 de marzo de 2016):

  • 2 días más al cumplir el sexto trienio.
  • 1 día más por cada trienio cumplido a partir del octavo, sin límite.

📆 Estos días se podrán disfrutar a partir de la fecha del cumplimiento del correspondiente trienio.

👉🏼 VACACIONES

Mínimo: 22 días hábiles (o proporcional al tiempo trabajado si es menos de un año)

Días adicionales por antigüedad (BOJA 120, 24 de junio de 2016, por Acuerdo de Mesa General de 2 de junio de 2016):

  • 15 años de servicio: 1 día más. Total: 23 días hábiles
  • 20 años de servicio: 2 días más. Total: 24 días hábiles
  • 25 años de servicio: 3 días más. Total: 25 días hábiles
  • 30 o más años de servicio: 4 días más. Total: 26 días hábiles

🧮 Te ofrecemos nuestra calculadora de asuntos propios y vacaciones, con la que podrás determinar fácilmente cuántos días te corresponden este año, en función de tu fecha de antigüedad en la Administración. ¡Pruébala!

Para usar la calculadora solo hay que introducir un dato en la celda de color amarillo: la fecha de antigüedad en la Administración. Sitúate con el cursor sobre ella y teclea tu fecha (en formato dd/mm/aaaa). Luego pulsa sobre el tabulador y obtendrás el resultado a la derecha:

Calculadora de asuntos particulares y vacaciones

👉🏼*El cálculo no tiene en cuenta las festividades que coincidan en sábado (hasta 2 días más), ni si 24 y 31/12 caen también en sábado. Por tanto, tendrás que añadir, en 2022, 3 días más al resultado obtenido en «Asuntos particulares».

👉🏼 Ten en cuenta que si cumples 6, 8 o más trienios durante este año, el día o días adicional/es correspondiente/s no aparecerá/n en el resultado hasta que llegue la fecha de ese cumplimiento.

⚙ Para tener controlados tus días de vacaciones y asuntos particulares puedes descargar y usar esta sencilla hoja:

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📌 En estos dos cuadros explicamos la regulación de cada tipo de permiso:

ccoo info desc

Comisiones Obreras es el primer sindicato en la Función Pública, al contar con el apoyo de un 37,35% del personal público y tener 5 representantes en la Mesa general de negociación de las Administraciones Públicas, frente al 33,91% de UGT (5 representantes), 22,14% de CSIF (3), 2,88% de CIG (1) y 3,20% de ELA (1).
Fuente: BOE 159, 5/07/2017. Anexo 2.1

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