Aquí tienes toda la información, que vamos actualizando periódicamente: los consejos de CCOO y las utilidades más prácticas (calculadora de baremo, tutorial con instrucciones para la tramitación de la solicitud…), el Reglamento, los formularios de participación y actualización, las titulaciones requeridas y las equivalencias de formación profesional, así como las funciones de las categorías convocadas.

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Actualización de la información sobre la Bolsa Única Común:
El día 16 de diciembre de 2019, por fin, después de años esperando, después de mucho empeño por parte de CCOO (que nunca ha dejado de insistir, desde su propuesta inicial, en la necesidad de la puesta en marcha de este instrumento) y después de muchas dilaciones por parte de la Administración, el BOJA ha publicado la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se procede a la convocatoria de la constitución y actualización permanente de la Bolsa Única Común en las categorías profesionales del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía que se relacionan

El Sector de Administración Autonómica de la FSC-CCOO Andalucía se congratula y felicita por este hecho, por lo que va a suponer en cuanto a transparencia y agilidad para la cobertura temporal de plazas de personal laboral acogido al VI Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía.
Aunque la negociación comenzó mucho tiempo antes, estos son los momentos más relevantes en el proceso de la creación de la Bolsa Única Común (en adelante B.U.C.):
- la MODIFICACIÓN DE CONVENIO que aprueba la creación de la B.U.C. fue aprobada por CCOO, UGT y CSIF, por acuerdo de Comisión Negociadora del VII convenio de 22 de mayo de 2017, que modifica el art. 18 del VI Convenio. El Acuerdo contempla una DT 7ª: «Hasta la publicación de las relaciones definitivas de la B.U.C., las bolsas de vacantes, complementarias y de sustituciones seguirán vigentes.»
- El REGLAMENTO de la B.U.C. se aprueba en Comisión de Convenio de 12 de abril de 2018.
- Reglamento BUC Versión inicial
- Reglamento modificado. Comisión de Convenio 06/04/2022.
- Las BASES DE LA CONVOCATORIA se aprueban en Comisión de Convenio de 25 de octubre de 2019.
- La CONVOCATORIA INICIAL ha sido publicada en BOJA 16 de diciembre de 2019.
En el Boletín especial Ciudadanía dedicado a la B.U.C., elaborado por el Sector Autonómica de la FSC-CCOO Andalucía, puedes encontrar toda la información en detalle sobre esta B.U.C., abierta y permanente: para qué sirve, qué categorías contempla, cómo se realizará la inscripción y actualización de los datos…
Como sabes, hasta ahora, la cobertura de plazas temporales de personal laboral de la Junta de Andalucía (en el ámbito del VI Convenio Colectivo) se gestiona a través de un sinfin de bolsas de trabajo: las generadas a partir de los procesos de acceso a la condición de personal laboral fijo, las de sustituciones, los «bolsines», las bolsas complementarias… o bien a través de una oferta «genérica» de empleo gestionada por el S.A.E. A partir de la puesta en marcha de la B.U.C., la gestión se simplifica y agiliza, a la vez que se la dota de la transparencia necesaria.
💡Si estás interesado/a en participar, aquí vas a encontrar toda la información actualizada y la orientación necesarias, tanto para la inscripción inicial (que podrás realizar desde el 2 al 30 de enero de 2020) como para las posteriores actualizaciones de datos.
Índice de contenidos
- ¿Qué tipos de contrato ofrecerá la Bolsa?
- ¿En qué ámbitos y centros podré trabajar?
- ¿Puedo elegir la localidad y el tipo puestos a los que quiero optar?
- ¿Qué categorías no se van a convocar? (al menos de momento)
- Participación sindical
- Reserva para personas discapacitadas
- Gestión telemática
- ¿Quién puede participar?
- ¿Por qué no hay una bolsa de promoción temporal?
- Convocatoria inicial
- Bolsa abierta y permanente
- Baremo
- ¿Cómo acredito los méritos?
- Llamamientos
- Suspensión temporal por voluntad del trabajador/a
- ¿Puedo renunciar?
- Anexo de categorías y titulaciones
- Calculadora de baremo integrada
- Imprescindibles y Utilidades
- Glosario de preguntas frecuentes (FAQ) elaborado por Web de Emplead@
- Formularios de suspensión, renuncia y variación de datos personales
I. ¿Qué tipo de contratos ofrecerá la Bolsa?

TODOS LOS CONTRATOS TEMPORALES:
Vacantes.
Sustituciones. (Excedencias que conlleven la reserva del puesto, incapacidad temporal o accidente, maternidad, liberaciones sindicales, vacaciones, permisos, así como cualquier otra causa que conlleve la reserva del puesto de su titular).
Contratos a tiempo parcial. Contrato de relevo. Jubilación parcial, de entre el personal integrante de bolsa que figure como demandante de empleo. La Ley establece que se celebrará con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
Programas específicos. Necesidades estacionales. Conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos.
II. ¿En qué ámbitos y centros podré trabajar?
En el ámbito del PERSONAL LABORAL DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
No se incluye en la B.U.C. el personal de la Junta perteneciente a:
Agencias Públicas Empresariales, personal de catálogo de Agencias de Régimen Especial, personal de ámbitos docente y sanitario, ámbito funcionarial, etc.
Por ejemplo, podrás trabajar en:
Centros de mayores, centros de menores, centros de día, Escuelas Infantiles, Residencias Escolares, colegios, Carreteras, laboratorios, talleres, IFAPA, museos, conjuntos arqueológicos, bibliotecas, residencias Tiempo Libre, delegaciones y otros muchos centros administrativos de la Junta de Andalucía.
III. ¿Puedo elegir la localidad y el tipo puestos a los que quiero optar?

Sí. Se podrá decidir a qué tipo de puestos, de entre los mencionados, se quiere optar.
En las solicitudes se podrá también determinar en qué localidades queremos participar, así como el tipo de oferta (una, varias o todas) de entre las modalidades contractuales previstas: vacante, sustitución, relevo y programas específicos o necesidades estacionales, e incluso determinar la vinculación entre provincia o localidad y tipo de oferta.
Podrás participar en todas las categorías de los diferentes grupos profesionales, si cumples los requisitos de cada una de ellas.
IV. Categorías que no se van a convocar (al menos de momento)
Hay una serie de categorías (a extinguir, funcionarizables, con pocos puestos) que la administración ha decidido que no va a convocar (al menos de momento) por que podrían crear muchas expectativas que no se iban a cumplir, ya que son categorías con muy pocos puestos y que se mueven poco. Por lo tanto, de acuerdo con la disposición transitoria 7, seguirán en vigor las bolsas antiguas en dichas categorías. También podrían ser convocadas posteriormente si se estima necesario.
SEGÚN SE INFORMÓ EN COMISIÓN DE CONVENIO, ÉSTAS SON LAS CATEGORÍAS QUE NO SE VAN A CONVOCAR:
Grupo I: médico/a geriatra, médico/a rehabilitador, traductor-corrector y titulado/a superior.
Grupo II: titulado/a de grado medio, perito judicial diplomado, técnico empresas y actividades turísticas, psicomotricista y traductor-intérprete.
Grupo III: delineante, personal administrativo, operador de ordenador, estenotipista, oficial tractorista de primera, perito judicial no diplomado, profesor /a de prácticas y técnico práctico no titulado, y traductor-intérprete.
Grupo IV: auxiliar administrativo/a, auxiliar cuidador, auxiliar operador de informática, auxiliar de artes gráficas y celador/a forestal.
V. Participación sindical
Se crearán comisiones Central y Provinciales, de control y seguimiento, en las cuales estaremos presentes los sindicatos, para poder informaros mejor y velar por la transparencia.
VI. Reserva para personas discapacitadas

Habrá un 10% de plazas para personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental.
VII. Gestión telemática
Tanto para la convocatoria inicial como para sucesivas actualizaciones, solo se contempla la vía telemática.
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital. Ten en cuenta que debes tener instalada la aplicación Autofirma.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, pudiendo utilizarse para ello alguno de los equipos informáticos que se pondrán a disposición de las personas participantes. Podrá realizarse indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso específica, que será creada y facilitada para este único efecto en las oficinas de Registro de la Junta de Andalucía.
Habrá tres formularios:
Participación
Incorporación
Actualización
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VIII. ¿Quién puede participar?
La personas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Españoles o extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener dieciséis o más años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Tener la titulación académica o equivalente, o bien certificado de profesionalidad, experiencia profesional o formación laboral que para cada caso se indica.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional a la que se aspira (se acreditará por las personas aspirantes en el momento de la formalización de la contratación laboral temporal).
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública.
f) No ostentar la condición de personal laboral fijo.
IX. ¿Por qué no hay una bolsa de promoción temporal?
A diferencia de la bolsa del SAS y de la propuesta que presentó CCOO, de momento en la B.U.C. no aparece asociada una bolsa de promoción temporal para el personal laboral fijo.
En la negociación de la bolsa única se modificó el artículo del convenio que regula la contratación temporal. Para incluir la promoción temporal era necesario modificar también el artículo que regula la movilidad funcional.
En dicha negociación, la administración se comprometió a incluir esta bolsa en el marco de la negociación del VII Convenio Colectivo.
X. Convocatoria inicial
La convocatoria inicial constará de las siguientes fases o hitos:
- Plazo: 20 días hábiles, desde el 02/01/2020
- Lista provisional de personas admitidas y excluidas, y autobaremo.
- 10 días hábiles para reclamar.
- Lista definitiva personas admitidas.
- Lista provisional con puntuación.
- 10 días hábiles para reclamar.
- Lista definitiva con puntuación.
Por acuerdo de la Comisión de Convenio de 6 de abril de 2022 se procedió a modificar el Reglamento de la BUC, para permitir y regular la publicación de listas o bolsas parciales por categorías. Este mecanismo posibilita que, dado el volumen de solicitudes en algunas categorías (y los escasos recursos que la Administración de la Junta de Andalucía destina a la baremación) se pueda disponer de listados parciales en esas categorías, sin que se tenga que haber baremado el total de solicitudes. El sistema no perjudica al resto, puesto que el autobaremo de los aún no baremados siempre es inferior.
XI. Bolsa abierta y permanente
- Una vez constituida definitivamente la B.U.C., quedará abierto de forma permanente el plazo para la actualización de méritos o cualquier otro dato. Dicha actualización se realizará exclusivamente de forma telemática y se dispondrá de nuevos formularios de participación para la incorporación a la B.U.C. de nuevas personas, y para poder optar a nuevas categorías, en el caso de aquellas personas que ya formen parte de ella.
- Actualización con una periodicidad anual. Incluirá todos los méritos recibidos hasta el 31 de octubre del año en curso natural anterior. Dicha documentación habrá de referirse en exclusiva a méritos hasta el 31 de diciembre del año anterior a la presentación.
- Idéntica regla se seguirá para la incorporación de las nuevas personas integrantes de la B.U.C. y de los requisitos exigidos que éstas tienen que acreditar.
- Los listados provisionales de personas admitidas se publicarán durante el mes de enero de cada año. Después del periodo de alegaciones, se publicarán las listas definitivas actualizadas.
💡En la convocatoria inicial, los méritos que se valoran serán los obtenidos hasta la fecha de la publicación de dicha convocatoria.
XII. Baremo

a) Experiencia profesional. Máximo 60 puntos.
1.- En la misma categoría en el ámbito del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía: 0,016 puntos por día. (También transferidos).
2.- Experiencia en puestos funcionales homólogos en el ámbito de las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas: 0,0073 puntos por día.
En ningún caso podrán ser computadas las relaciones prestadas en régimen de colaboración social, ni las sometidas al derecho administrativo, así como tampoco los contratos civiles o mercantiles.
b) Antigüedad en las Administraciones Públicas, hasta un máximo de 15 puntos.
0,003 puntos por día.
c) Formación, hasta un máximo de 15 puntos.
IAAP, INAP, SAE, SEPE, Centros de Profesorado, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas.
La valoración a otorgar será 0,02 puntos por hora. (no se valora el aprovechamiento)
💡 Los cursos de formación continua válidos suelen llevar estos logos:

d) Titulaciones académicas, hasta un máximo de 10 puntos.
Cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida para la incorporación a la Bolsa, se valorará:
- Licenciatura, Diplomatura, Grado o equivalente: 5 puntos.
- Técnico Superior, Bachiller o equivalente: 4 puntos.
- Técnico de Grado Medio: 3 puntos.
- Graduado en Educación Secundaria o Graduado Escolar: 2 puntos.
e) Otros méritos (solo para los Grupos I y II), hasta un máximo de 5 puntoS, por haber superado la fase de oposición de la categoría a que se aspira.
💡 En esta imagen puedes apreciar la correspondencia de los apartados de la solicitud (en verde) con los del baremo:

💡Nunca te van a superar tu autobaremación si te puntúas de menos. En caso de “duda razonable”, te aconsejamos que te valores al alza.
XIII. ¿Cómo acredito los méritos?
💡Te aconsejamos que vayas escaneando los documentos acreditativos.
💡Tienes que guardarlos en formato PDF.
💡Ten en cuenta al escanear que cada documento no puede sobrepasar los 5 MB de tamaño.
a) Experiencia profesional:
Contratos de trabajo que detallen la categoría profesional en la que se han prestado los servicios. En caso de inexistencia podrán ser sustituidos por nóminas o documentos expedidos por el Servicio Público de Empleo, que acrediten la duración del contrato y la categoría profesional en la que se han prestado los servicios.
Fuera del ámbito del Convenio habrá de añadirse informe de vida laboral. (Se podrá requerir a la persona participante la incorporación del convenio colectivo).
b) Antigüedad: Certificado de la Administración.
c) Cursos de formación: Título o certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el número de horas lectivas.
d) Titulaciones académicas: Las de carácter universitario, con el título expedido, con la certificación supletoria provisional o con la credencial de homologación o equivalencia expedida por el Ministerio competente en materia de educación; los no universitarios, con el título expedido o con la certificación emitida por la autoridad competente según la normativa que le resulte de aplicación.
e) Certificado actualizado acreditativo de la condición y grado de discapacidad. En el supuesto de participar por el turno reservado a personas con discapacidad mental o intelectual, dictamen técnico facultativo expedido por los órganos administrativos competentes en materia de discapacidad.
💡 Los méritos que ya consten inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía (hoja de datos de SIRHUS) no precisarán acreditación documental.
XIV. Llamamientos
Se EXCLUYEN de llamamientos las personas que se encuentran realizando una relación laboral temporal. Salvo DOS EXCEPCIONES:
- El personal con relación laboral por sustitución podrá ser seleccionado por una única vez durante vigencia de la relación laboral, para la selección de una vacante del mismo grupo profesional o superior.
- El personal con contrato formalizado en interinidad por vacante, podrá ser seleccionado por una única vez durante la vigencia de la relación laboral, si han transcurrido al menos 6 meses desde la incorporación efectiva al puesto de trabajo, para la cobertura de un puesto de una categoría de un Grupo Superior.
Individual:
3 llamadas telefónicas en distinto horario.
Si no se responde, envío de correo electrónico.
Múltiple:
Comunicación telefónica al menos tres días antes del inicio previsto del contrato
Podrá establecerse un sistema telemático de llamamiento a través de la Web del emplead@ de la Junta de Andalucía.
XV. Suspensión temporal por voluntad del trabajador/a
Se establece la posibilidad de solicitar el pase a la situación de no disponible, con un periodo mínimo de 4 meses.
Formulario Suspensión / Reactivación.pdf
XVI. ¿Puedo renunciar?
La sanción por no presentarse, renunciar, etc. es de UN AÑO, salvo que se trate de causas justificadas.
CAUSAS JUSTIFICADAS:
- Incapacidad temporal.
- Maternidad. Paternidad. Riesgo durante el embarazo.
- Ejercicio cargo público o sindical.
- Prestación de servicios en otro puesto del sector público (salvo que sea con carácter fijo).
- Por razones de conciliación (en los términos en que se regule en Convenio).
- Que el puesto ofertado sea a tiempo parcial o fijo discontinuo.
Formulario Renuncia / Fin Renuncia.pdf
XVII. Anexo de categorías y titulaciones








XVIII. Calculadora de baremo
Hemos elaborado esta herramienta, no oficial, para facilitarte los cálculos del baremo. Solo tienes que introducir los datos en las celdas amarillas y obtendrás el resultado de cada apartado y del total. Tus datos no quedan almacenados en esta web. También puedes descargar el archivo con la hoja de cálculo a tu ordenador, mediante el enlace que encontrarás abajo.
💡 En esta imagen puedes apreciar la correspondencia de los apartados de la solicitud (en verde) con los del baremo:

📌 XIX. Imprescindibles y utilidades
📌 [♻️]Imprescindible: Boletín Ciudadanía especial Equivalencias de Formación Profesional y Funciones de las categorías convocadas
📌 [♻️] Imprescindible: tutorial Manual de tramitación de formulario Bolsa Única.pdf
📌Útil: Calculadora CCOO Autobaremo Bolsa Única Común: cálculo de días entre fechas para los apartados de Experiencia profesional y Antigüedad en la Administración.
📌 [♻️] Útil: Autobaremo Bolsa Única Común, en formato excel (para descargar en tu pc)
📌 [♻️] Útil: Reglamento regulador Bolsa Única Común:
- Reglamento BUC Versión inicial
- Reglamento modificado. Comisión de Convenio 06/04/2022.
- Reglamento BUC actualizado. Edición CCOO diciembre 2022
📌PREPÁRATE YA PARA PARTICIPAR EN LA BOLSA ÚNICA COMÚN ¿CÓMO?
- 💡 Consigue, si aún no lo tienes, tu certificado digital. Asegúrate de que no ha caducado. Comprueba que funciona usándolo en alguna Sede electrónica de cualquier organismo o institución que lo requiera para acceder a sus trámites/servicios. Ten en cuenta que debes tener instalada la aplicación Autofirma si vas a firmar con certificado digital desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía.
- 💡 Escanea, organiza e identifica bien toda la documentación relativa a los méritos: experiencia laboral, formación, titulación, certificado de discapacidad… Recuerda que debes guardarlos en formato pdf. Si se trata de nóminas, un solo pdf múltiple por cada periodo trabajado, si el contrato tiene, por ejemplo, tres páginas, guárdalo en un solo archivo pdf, pero ten en cuenta que el tamaño máximo será de 5 MB por documento. Te recomendamos escanear a 300 dpi de resolución.
- 💡 Recuerda: el plazo de la convocatoria inicial es de 20 días hábiles, desde el 02/01/2020 al 30/01/2020. ¡No esperes al último día!
📌 XX. Preguntas frecuentes (FAQ)

💡 Preguntas frecuentes Bolsa Única. Web de Emplead@
💡 Preguntas frecuentes Bolsa Única (parte técnica). Web de Emplead@
XXI. Formularios de renuncia, suspensión y variación de datos personales
- Formulario Renuncia / Fin Renuncia.pdf
- Formulario Suspensión / Reactivación.pdf
- Formulario Variación Datos Personales.pdf


Comisiones Obreras es el primer sindicato en la Función Pública, al contar con el apoyo de un 37,35% del personal público y tener 5 representantes en la Mesa general de negociación de las Administraciones Públicas, frente al 33,91% de UGT (5 representantes), 22,14% de CSIF (3), 2,88% de CIG (1) y 3,20% de ELA (1).
Fuente: BOE 159, 5/07/2017. Anexo 2.1