El VI Convenio del personal laboral de Administración General de la Junta de Andalucía, que afecta a unas 20000 personas y que ha sido un referente para otros ámbitos del sector público y privado, tiene ya más de 20 años, y ha quedado obsoleto. Es hora de dejar de parchearlo con reformas parciales y de negociar ya el VII Convenio.

Para ello CCOO ha dirigido un escrito a Función Pública instando a la Administración, nuestra empresa, a sentarse para acometer dicha negociación.

La propuesta de CCOO se centra tanto en la recuperación de derechos suprimidos, o suspendidos, a través de los recortes que se produjeron en 2012, como en la instauración de nuevos derechos.

I. Recuperación de derechos.

El Acuerdo estatal para una Administración del siglo XXI suscrito por CCOO contempla la derogación de todos los recortes aplicados en el Real Decreto ley 30/2012. La ley de PGE contempla la derogación de los apartados de este Decreto Ley que implicaran recortes de derechos. CCOO exige la negociación de la recuperación de, entre otros, los siguientes derechos:

  • FALLECIMIENTO O ENFERMEDAD GRAVE DE FAMILIAR: mínimo de cuatro días.
  • POR VACACIONES OBLIGADAS FUERA DEL PERIODO PREFERENTE: diez días más de vacaciones.
  • TRASLADO DE DOMICILIO: pasaría de los tres días actuales a cuatro.
  • ASUNTOS PARTICULARES: El número básico de días pasaría de los seis a los ocho anteriores a los recortes.
  • POR RAZONES DE FORMACIÓN. Diez días al año para preparación de exámenes. Permiso retribuido de hasta un año para estudios relacionados con la Función Pública.
  • LICENCIA RETRIBUIDA de un año, previa a la jubilación.
  • PAGAS ADICIONALES, suprimidas por artº 7.2 de la Ley 3/2012
  • ACCIÓN SOCIAL
  • EL RESTO de derechos suprimidos en 2012.

II. Nuevos derechos.

  • JUBILACIÓN PARCIAL. Proponemos inclusión como derecho en el convenio.
  • PREMIO DE JUBILACIÓN COMPLETO, compatible con jubilación parcial.
  • CONCURSO DE TRASLADO. Instauración de Concurso abierto y permanente.
  • PROMOCIÓN. Se debe definir qué puestos o categorías serán funcionarizadas y cuáles no. Las primeras deben ser ofertadas en promoción cruzada. Las segundas deben ser redefinidas.
    • BOLSA DE PROMOCIÓN TEMPORAL. Un porcentaje superior al 50% de las vacantes y sustituciones será ofertado al personal fijo a través de las bolsas de promoción temporal.
  • GRUPOS DEL EBEP. Incluido en el acuerdo estatal. Creación del grupo B. Reclasificación grupo V.
  • CONCILIACIÓN (Adaptación del Convenio a la nueva Ley de Familias). Se deberán contemplar al menos los siguientes mínimos:
    • 5 días al año para cuidado por accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo, de cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad. También para convivientes.
    • 8 semanas no retribuidas para padres trabajadores con hijos/as menores de 8 años.
    • 4 días para urgencias por motivos familiares imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.
  • Regular la CARRERA PROFESIONAL del personal laboral.
  • Regulación del TELETRABAJO.
  • Inclusión de PLUSES en el Complemento de puesto de trabajo.
  • MOVILIDAD SOSTENIBLE. Incentivos económicos para fomentar la movilidad sostenible.
  • Medidas para adaptar al personal laboral el Plan de IGUALDAD que se está negociando.
  • Conversión a TIEMPO COMPLETO de contratos con jornada parcial (monitores escolares) y fijos discontinuos (Residencias Tiempo Libre y otros centros).
  • Actualizar y establecer mecanismos de actualización para el futuro de INDEMNIZACIONES por razón del servicio, locomoción, plus de distancia, etc.

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